Asílo establece el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores: “el contrato de trabajo podrá extinguirse por decisión del empresario, mediante despido basado en un incumplimiento grave y culpable del trabajador. Se considerarán incumplimientos contractuales las faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad al trabajo”.
Quetendrian que pagarce despies de las 13 hs del sabado no como extras.. Sino al 100%. Hay que leer la ley de contrato de trabajo primero antes de opinar.. Jorge herrador enero 13th, 2023 3:47 pm Yo como metalurgico. Por ley teabajo 44 hs semanales. Despues de las 13 hs del sabado son todas las horas al 100% ..
. 378 393 16 384 356 341 152 82
no llego a las horas del contrato